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La solución de seguridad definitiva para asistencia de giro lateral y cambio de carril
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Descripción
El PreView El asistente de giro lateral (STA) 79 tiene un amplio campo de visión horizontal de hasta 180° (90° hacia delante y 90° hacia atrás) que proporciona cobertura de zona ciega lateral a lo largo de todo el vehículo. Está diseñado para ignorar objetos estacionarios, como barandillas y automóviles estacionados, mientras alerta sobre objetos en movimiento, como ciclistas y vehículos en el carril adyacente.
El área de interés de detección se puede ajustar hasta 10 metros hacia adelante, 5 metros hacia afuera (3 metros para LCA) y 50 metros detrás de la ubicación de montaje del sensor.
Operación de asistencia de giro lateral
A velocidades de 19 km/h (30 mph) o menos, el sensor prioriza alertar al conductor sobre las VRU en el área de interés de detección. Se proporciona una alerta visual en la pantalla de la cabina cuando se detecta un objeto en movimiento, mientras que se proporciona una alerta audible y visual cuando la señal de giro está activa. Los objetos estacionarios, como señales de tráfico y automóviles estacionados, se ignoran para minimizar las "alertas molestas". Este modo está optimizado para su uso en un entorno urbano.
Operación de asistencia de cambio de carril
Cuando la velocidad del vehículo es superior a 19 km/h (30 mph), el sensor prioriza las alertas sobre vehículos en movimiento en el carril adyacente y tiene un área de interés más pequeña. Los objetos estacionarios, como barandillas o barreras de hormigón, se ignoran para minimizar las "alertas molestas". Este modo está optimizado para mitigar colisiones en zonas ciegas durante cambios de carril e incorporaciones.
Diagrama de cobertura
Legislación de la UE
El Reglamento (UE) 2019/2144 modifica el Reglamento (UE) 2018/858 y actualiza los requisitos de homologación de tipo de la UE para garantizar la seguridad general de los vehículos y la protección de los usuarios vulnerables de la carretera, como peatones y ciclistas.
Ver también: Reglamento (UE) 2018/858: homologación y vigilancia del mercado de los vehículos de motor y sus remolques, y de los sistemas, componentes y unidades técnicas independientes destinados a dichos vehículos.
Área B de Milán
A partir del 1 de octubre de 2023, será obligatorio que los camiones (N3) y autobuses (M3) instalen sistemas de aviso acústico, visual o táctil que alerten al conductor de la presencia de peatones y ciclistas en la parte delantera del vehículo o en la calle. el lado de la acera.
Desde el 1° de octubre de 2024, el requisito de instalación de los sistemas de señales también estará presente en los vehículos de las categorías N2 y M2.
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